Ejecutivo promulga ley que endurece pena por abuso sexual en niños

La principal novedad de esta ley es el incremento significativo de las penas para los casos de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes. (Foto: Presidencia).

En la mañana de este jueves, el presidente Santiago Peña promulgó la ley que aumenta las penas carcelarias para los abusadores de menores edad. El pasado 20 de noviembre, Día Internacional del Niño, el Congreso Nacional sancionó el documento. Por otro lado, también promulgó la Ley N° 7.411/24 que regula el manejo, uso, fabricación, comercialización y registro de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.

El Poder Ejecutivo promulgó la ley que modifica los artículos 128 y 135 del Código Penal (Ley n.º 1160), actualizando las disposiciones legales vigentes en los casos de abuso sexual infantil, con una pena mínima de 15 a 20 años de prisión, que puede extenderse hasta 30 años, según la gravedad del caso. También amplía la protección legal a las víctimas, tipificando nuevas formas de violencia y agravando las sanciones en determinados casos.

En una conferencia de prensa, el ministro de la Niñez y la Adolescencia (Minna), Walter Gutiérrez, destacó que este es un paso muy importante que da el Paraguay en la lucha contra la violencia sexual en niños y niñas. «Esta no es una cuestión que sucede solo en Paraguay, sino que aqueja este mal a todo el mundo, a la región y también en nuestro país», apuntó.

El ministro dio detalles de los números que se manejan actualmente en el país. «Alrededor de 3.500 casos son denunciados en el Paraguay, casos de abuso sexual en niños por año de las cuales 9 de cada 10 casos se producen por miembros del entorno cercano. El 82 % de los casos las víctimas son niñas, el promedio de edad de las víctimas de abuso sexual infantil es de tan solo 9 años y el promedio de edad de los victimarios es alrededor de 27 años», indicó.

Gutiérrez lamentó que este tipo de violencia deja huellas imborrables en las víctimas, y el Estado tiene la obligación de llegar temprano para evitar este delito, sin embargo, también es la de castigar con penas más severas a quienes perpetren este crimen.

«Esta ley modifica el Código Penal para elevar los casos de abuso sexual en niños, pero va mucho más allá de simples elevaciones de penas, esta modificación amplía muchísimo más, ya que eleva las penas del tipo base y todos los agravantes que finalmente tiene la normativa, la pena cada vez va siendo más elevada», señaló el ministro.

El secretario de Estado resaltó que se incluyen y crean nuevos agravantes, esto gracias a un trabajo entre diferentes actores del Estado con la experiencia de los casos.

«A su vez también crea nuevos agravantes y esto no es una cuestión de azar, fue en base a la experiencia de años, de cómo los operadores de justicia venían aplicando la norma, las dificultades que encontrábamos para la aplicación de las normas, entonces se instalan nuevas conductas agravantes», sentenció.

Ley de Armas

El Poder Ejecutivo también promulgó la Ley N° 7.411/24 que regula el manejo, uso, fabricación, comercialización y registro de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. La misma establece controles más estrictos sobre la venta de armas «apetecibles» para el crimen organizado.

El ministro de Defensa Nacional, Oscar González, explicó que la nueva ley introduce una regulación más detallada y adaptada a las necesidades actuales, fortaleciendo el control, la transparencia y el fomento de actividades deportivas, relacionadas con el uso de armas.

«Con esto las fuerzas de seguridad del Estado cuentan con una herramienta jurídica fundamental para redoblar los controles, siguiendo la política del Gobierno de Paraguay de erradicar el tráfico ilegal de armas», dijo el ministro en conferencia de prensa.

Por su parte, el director de la Dirección de Material Bélico (Dimabel), general Melanio Servín, destacó que después de 14 años se promulga una ley que «hacía falta» para modernizar e «ir acorde a la evolución de los materiales controlados, especialmente las armas».

«Esta nueva ley contempla 283 artículos, es bastante abarcante, y nos permitirá como institución, Digemabel, actuar y controlar en las mejores condiciones», destacó.

En ese sentido, indicó que la ley contempla una clasificación de las armas más apetecibles para el crimen organizado, dentro en un grupo específico (Clase 3), estableciendo requisitos más exigentes para acceder a las mismas.

«Necesariamente las personas interesadas en adquirir esas armas deberán tener 25 años cumplidos y tener la referencia de tres usuarios ya con carnet de armas de esa categoría», explicó.

Otra de las consideraciones que se tuvo es que para comprar cualquier tipo de armas se prevé el control del origen del dinero para la compra de las armas, que en la legislación anterior no se tenía, destacó el director.

Así también, el presidente del Comité Olímpico Paraguayo, Camilo Pérez, destacó que la promulgación de esta ley es un motivo de la alegría para el deporte, ya que por primera vez brinda la posibilidad de construir un semillero en tiro deportivo.

«Éramos el único país que tenía limitación, porque a partir de los 22 años recién se podía hacer tiro deportivo y eso nos mantenía muy relegados en esta materia», dijo al agradecer la inclusión del deporte en la discusión sobre la Ley de Armas.

Con información de La Nación y Agencia IP

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