Desde ayer entró en vigencia el plazo para la difusión de propaganda electoral de cara a las elecciones generales del 30 de abril.
Así, las organizaciones políticas que pugnarán en los comicios de abril podrán realizar la socialización de sus candidaturas a través de propagandas en la vía pública, hasta las 23:59 del 27 de abril, 48 horas antes de la realización de la jornada cívica.
Con respecto a las prohibiciones, la legislación vigente dispone que no se puede realizar propaganda electoral en puentes, edificios públicos, monumentos, señales de tránsito y pavimentos, además de los lugares prohibidos por ordenanza municipal.
Queda a la vez prohibido el uso de inmuebles privados siempre que no exista una autorización del propietario. La propaganda no debe inducir a engaños o confundir al elector.
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