Matadería: señalan groseras violaciones de ley de concesión y ordenanza 20/2024

Sesión ordinaria de la Junta Municipal, el miércoles 2 de abril de 2025.

En el marco del dudoso arrendamiento de la Matadería Municipal, la Junta reiteró a la Intendencia un pedido de informe respecto al «sustento jurídico que respalde haber obviado lo establecido en la Ley N° 1618/2000». Durante la presentación del pedido de informe, fueron señalados violaciones de la Ley N° 1618/2000 y la Ordenanza N° 20/2024.

El arrendamiento de la Matadería Municipal fue nuevamente motivo de críticas. Cabe recordar que el 19 de marzo del corriente año la bancada salomonista autorizó al Ejecutivo el «arrendamiento provisorio» por 5 años a Ángel Bernardo Llamas, mediante la aprobación del Dictamen N° 45/2025, de Hacienda y Legislación.

En sesión ordinaria del miércoles, a iniciativa del concejal Isaac Rojas (PLRA) se aprobó reiterar un pedido de informe referente al «sustento jurídico que respalde haber obviado lo establecido en la ley N° 1618/2000, concediendo hoy en arrendamiento el servicio de explotación de la Matadería Municipal».

El concejal Rojas mencionó que el Ejecutivo por nota (141/2025) remitió el miércoles la proforma de contrato de usufructo provisorio de la Matadería Municipal.

Recordó que una resolución dictada por la Intendencia dispone la inhabilitación y suspensión de actividades en la matadería, que un artículo de la citada resolución dispone que la inhabilitación y suspensión en la matadería era de carácter inmediato y permanente, hasta tanto se resuelva disponer la concesión del servicio una vez que reúna lo estipulado en las normativas vigentes.

En ese contexto, Rojas subrayó algunos términos de la resolución en cuestión: «Disponer la concesión del servicio una vez que reúnan lo estipulado en las normativas vigentes», seguidamente citó la Ley N° 1618/2000, de concesión de servicios y obras en el sector público. «Sin embargo, en violación de la misma se dictó resolución de usufructo a favor de un tercero que explotará de manera particular las instalaciones de la Matadería Municipal de San Lorenzo», cuestionó.

«Por qué traigo a colación que se violó, porque el intendente en su resolución de inhabilitación él habla de la ley de concesión y hoy se le va a dar en usufructo por 5 años, cosa que no está permitido, por ley no está permitido», precisó.

Agregó que «es raro nomas» que el intendente cuente con asesores «con masterados», «que son magister y cometan este tipo de errores».

Por otro lado, resaltó que la Intendencia no tuvo en cuenta la Ordenanza N° 20/2024, por la cual se establece el marco regulatorio para el traslado progresivo de las industrias que se dedican a la faena de animales en frigoríficos, mataderos, y a actividades relacionadas a estos rubros, instaladas actualmente en la zona del microcentro de la ciudad de San Lorenzo, en las inmediaciones del arroyo San Lorenzo y otros, en el marco del Plan de Ordenamiento Urbano Territorial (POU) de la ciudad de San Lorenzo; en particular los artículos 2, 3, 5 y 6, estos dos últimos disponen medidas de no innovar y etapas de traslado progresivo, respectivamente.

Rojas lanzó algunas interrogantes: «¿Por qué la Intendencia Municipal no vetó la resolución de la Junta Municipal por estar en contraposición legal, teniendo en cuenta la ley 1618/2000, por qué remitió la proforma de contrato sin tener en cuenta que a la fecha no se tiene a la vista la resolución que disponga el levantamiento de la inhabilitación y cese de actividades de la Matadería Municipal, dictamen jurídico y justificación legal para ceder sin ceñirse a la ley de concesión?».

Asimismo, señaló que no se cuenta con una propuesta formal por parte de Ángel Llamas, «donde se pueda evaluar si este contrato incluirá mejoras, ya que, conforme a la ordenanza 20/2024 esto debe ser autorizado por esta Junta».

Por último, resaltó que «el usufructo concedido es por 5 años, sin embargo, en menos de 2 años deberá cesar sus actividades».

Los cuestionamientos tuvieron el respaldo del concejal Nicolás Verón (San Lorenzo Puede), quien resaltó las transgresiones señaladas. «¿Nosotros como concejales acaso no tenemos que hacer respetar nuestra ordenanza? Una ordenanza que esta propia Junta aprobó», reclamó Verón.

El Ejecutivo Municipal tiene un plazo no mayor a 48 horas para responder dichos pedidos.

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