Hay nuevas medidas sanitarias que reestablecen la última restricción

Foto: Presidencia.

Anoche el Gobierno Nacional dio a conocer el Decreto N° 5.071 que dicta las nuevas medidas específicas del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo.

Las medidas

  • La circulación será desde las 05:00 hasta las 23:59.

Comercios esenciales y no esenciales, eventos sociales, funcionarios públicos

  • Locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59 horas, con agendamiento previo y con hasta un máximo de 4 personas por mesa; con distanciamiento de 2 metros entre mesas, no están habilitadas las barras, uso intermitente y obligatorio de mascarillas.
  • Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 05:00 horas.
  • Eventos sociales de 05:00 hasta las 23:59 horas, con un máximo de hasta 100 personas, hasta 6 personas por mesas, con 2 metros de distanciamiento entre mesas, uso intermitente y obligatorio de mascarillas.
  • Encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta doce 12 personas presentes.
  • Funcionarios públicos de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.

Clases

  • Se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial, estará sujeto al «Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021», que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

Actividades físicas

  • Se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro personas.
  • Se permite la práctica deportiva en grupos de hasta cuatro personas, en locales habilitados por el MSPBS.
  • No se permiten las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades.
  • Se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando 4 metros entre personas.

Cultural

  • Actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 05:00 a 23:59 horas, con un aforo máximo de 75 personas sentadas. Uso obligatorio de tapabocas.
  • La realización de actos de culto, deberá llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.

Controles

  • Estricto control en los principales accesos a la Capital y ciudades del área metropolitana.

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