En vigencia “Ley Gasto Cero” para pacientes “covid” hospitalizados

El Poder Ejecutivo promulgó esta semana la Ley de Gasto Cero para todos los pacientes internados por coronavirus. (Foto: Salud Pública).

El pasado jueves se promulgó la Ley N° 6742 por la que se establece la cobertura por parte del Estado de los costos para pacientes COVID-19 hospitalizados. La verificación de los datos del paciente demora entre 24 a 48 horas.

La Ley N° 6742 fue bautizada como “Ley de Gasto Cero”, la misma fue reglamentada por el Decreto N° 5140.

Con la mencionada ley se extiende a todos los pacientes, y ya no sólo a los internados en terapias intensivas.

La nueva norma es complementaria a la Ley N° 6725 promulgada el pasado 15 de abril, reglamentada por el Decreto N° 5140, y que establece que el Estado se hará cargo de cubrir hasta G. 13.000.000 por día de los gastos que genera la internación de pacientes COVID-19 en las UTI y los terapizados.

Ambas leyes establecen la cobertura de medicamentos, insumos y/o estudios durante la hospitalización de personas con diagnóstico de coronavirus en hospitales.

Podrán recibir la cobertura de los beneficios los pacientes que están en establecimientos del Ministerio de Salud, el Instituto de Previsión Social (IPS), Hospital de Clínicas y Hospital Militar y Policial, entre otros, como también centros privados en los que los ciudadanos pudieran haber sido derivados por el sistema de Salud Pública.

Verificación de datos

El director de Terapias del Ministerio de Salud, Ángel Núñez, mencionó que ya están vigentes las leyes Gasto Cero y Fondo Nacional UTI. Aclaró que la aceptación del trámite demora entre 24 a 48 horas, para cotejar los datos con sanatorios y evitar cuentas paralelas para los pacientes.

Para acceder a sus beneficios, el familiar, responsable, hospital o sanatorio privado si corresponde, debe remitir una nota al Ministerio de Salud por mesa de entrada de secretaría general o vía correo electrónico a gastocero@mspbs.gov.py solicitando acogerse a las leyes citadas, especificando nombre y apellido completos del paciente con número de la cedula de identidad, nombre del hospital o sanatorio privado en el que se encuentra internado. Así como la fecha y hora de ingreso (debe corresponder con historia clínica), al igual que el detalle de cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde.

También debe figurar la constancia de internación con fecha y hora de ingreso emitida por el hospital o sanatorio, indicando si es UTI o sala común.

Igualmente se solicita el contacto de un familiar, ya que con la nota presentada, la cartera sanitaria inicia el proceso de verificación, para luego comunicar al centro asistencial que el paciente es beneficiario de las leyes.

La notificación tanto para los familiares y los sanatorios demora entre 24 a 48 horas, proceso mediante el cual se confirma que el paciente ya se encuentra incluido en la lista de beneficiarios en el marco de la mencionada normativa.

Abc/Ultima Hora/IP

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