Desde hoy martes 1 de noviembre entra a regir la veda pesquera en los cursos de aguas compartidos con Argentina y Brasil.
Con la entrada en vigencia de este periodo queda prohibida la pesca deportiva y comercial, como así también la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros.
Desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible anunciaron estrictos controles, verificaciones y fiscalizaciones en rutas, comercios, transportes y fluviales, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales.
Las multas por violar el periodo de veda oscilan entre 3.001 y 10.000 jornales mínimos.
El periodo de veda se extenderá hasta el 15 de diciembre de 2022, en el caso de las aguas compartidas con Argentina, y hasta el 31 de enero de 2023, para las aguas compartidas con Brasil.
El Mades aclara que se autoriza la comercialización de los productos extraídos en tiempo y forma, antes del inicio de la veda al solo efecto de agotar stock.
Igualmente, se exceptúa la pesca de subsistencia, que se podrá realizar con anzuelos, liñada o caña con o sin reel y solo podrá ser practicadas desde la ribera y por los ribereños.
Los mismos deberán portar su Licencia de Pesca Comercial, quedando prohibido el uso de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras. Los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.
La normativa igualmente exceptúa de la veda a la pesca de producción, que se realiza mediante la acuicultura, en el que sólo se permite comercializar algunas especies como tilapia, carpa, boga, pacú y carimbatá.
Agencia IP
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